Tipos de baja laboral
19 de Septiembre de 2016

En el caso de que tengas algún accidente laboral en Valencia puedes confiar en nuestro despacho para que te ayudemos. En algunos casos, es necesario recurrir a los tribunales para conseguir una indemnización justa. Se trata de un proceso que puede alargarse y resultar complicado.

En nuestro país se puede hablar de diferentes tipos de baja laboral. Y es de ellos de los que te vamos a hablar en esta nueva entrada del blog. Las causas que pueden llevar a un trabajador a solicitar la baja, debido a que se ha provocado una incapacidad para desarrollar el trabajo son tres: enfermedad común o profesional, accidente (que puede ser de trabajo o no) y períodos de observación por enfermedad profesional en los que se prescribe esa baja del trabajo.

Para acogerse a estas situaciones es necesario estar afiliado a la Seguridad Social, así como tener cubierto el periodo de cotización mínimo que fija la ley (180 días en los 5 años inmediatamente anteriores). No obstante, en caso de que haya un accidente laboral o que se sufra una enfermedad profesional, también se pueden acoger aquellas personas que no estuvieran afiliadas por culpa del empresario.

En la actualidad se establecen 4 tipos de baja, en función de su duración. La baja muy corta es para un proceso inferior a 5 días. La baja corta para procesos de entre 5 y 30 días. La baja media se establece para procesos de entre 31 y 60 días. Y la baja larga es para los casos de 61 días o más.

En ocasiones puede resultar difícil establecer la responsabilidad o recibir la indemnización requerida. Por eso, ante un accidente laboral en Valencia que no reciba la atención que consideras necesaria ponte en contacto con abogados especializados en derecho laboral.

En Novella Abogados te ayudaremos a reclamar la indemnización correspondiente. 

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